Diferencia entre revisiones de «PARADOJA DEL DOBLE ABSOLUTO»

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Revisión actual - 10:53 21 sep 2024

PARADOJA DEL DOBLE ABSOLUTO: La formulación sencilla y general puede resumirse del siguiente modo: “No puede haber dos absolutos porque o serían absolutamente lo mismo o serían absolutamente distintos: si fueran absolutamente lo mismo, tendríamos el contrasentido de la identidad absoluta; si fueran absolutamente distintos, tendríamos, a su vez, el contrasentido de la contradicción absoluta”.

Si concibiéramos el absoluto como una sola persona divina, esta no podría definirse por sí misma, ya que si admitiéramos que puede definirse por sí misma, habríamos incurrido en la paradoja del doble absoluto. La paradoja del doble absoluto podemos expresarla del siguiente modo:

  1. Todo lo que se diga del absoluto debe afirmarse a nivel absoluto y en sentido absoluto.

  2. que una persona divina se define por sí misma es lo mismo que afirmar que el absoluto se define por sí mismo.

  3. Si el absoluto se definiera por sí mismo, tendríamos los siguientes términos de la definición:

1.    definiens, el absoluto;

2.   definiendum, el absoluto.

  1. Lo cual equivale a afirmar que los dos términos de la definición son, al mismo tiempo, absolutamente los mismos y absolutamente distintos:

-      absolutamente los mismos, porque el absoluto es un solo término reduplicado, que es en lo que consiste el absurdo de la identidad absoluta;

-      absolutamente distintos, porque el definiens y el definiendum son dos términos que, indicando aquello que define y aquello que es definido, se contraponen absolutamente entre sí, que es en lo que consiste el absurdo de la contradicción absoluta.

  1. Conclusión: No pueden darse dos absolutos, sino la imposibilitación a priori de otro absoluto por el absoluto. Resultado de esta imposibilitación a priori de otro absoluto es la concepción genética de la nada o POSIBILIDAD GENÉTICA .

  2. Corolario: Dios no puede ser un absoluto unipersonalista, que que sería, a la vez, absolutamente idéntico a sí mismo y absolutamente distinto de sí mismo. Con lo cual se incurre en el absurdo de la identidad absoluta y en el absurdo de la contradicción absoluta.

Tengamos en cuenta que ‘lo que no es el sujeto absoluto’ no puede ser ni el ser absoluto ni la nada absoluta, sino ‘algo’, que no es el sujeto absoluto , pero que es a priori (desde toda la eternidad) establecido ad extra por el proprio sujeto absoluto como subabsoluto o POSIBILIDAD GENÉTICA de existencia de seres y cosas.

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