PRINCIPIO EPISTÉMICO
PRINCIPIO EPISTÉMICO: La DIVINA PRESENCIA CONSTITUTIVA es principio epistémico porque, actuando en las ESTRUCTURAS Y OPERADORES GENÉTICOS , hace posible el conocimiento de un ser humano provisto de un ESPÍRITU SICOSOMATIZADO .
No existe el conocimiento sensorial, emotivo, imaginativo, racional; antes bien, el conocimiento espiritual que posee carácter sensorial, emotivo, imaginativo, racional. El conocimiento del ser humano, definido transcendentalmente por la divina presencia constitutiva del absoluto como principio epistémico, es un conocimiento con límite formal en la finitud de sus condicionamientos, pero abierto a la infinitud constituyente del conocimiento divino.
La divina presencia constitutiva como principio epistémico nos inspira el objeto de conocimiento y la actuación positiva con respecto a este objeto; esto es, nos hace conocer, transcendentalmente, el objeto con el mismo conocer con el que el absoluto conoce, teniendo en cuenta que el espíritu creado posee en su límite formal múltiples limitaciones, condicionamientos y resistencias, que de ningún modo tiene el absoluto.
Nuestro conocimiento, por tanto, no puede ser sino un conocimiento finito (místico u ontológico) abierto al INFINITO (divino o metafísico). En la medida en que el sujeto humano reduzca —por la iniciativa inspiradora y por su respuesta a la inspiración— su límite formal, se acercará más al conocimiento del modelo absoluto , cuya presencia constitutiva en el espíritu le abre, en sus ESTRUCTURAS Y OPERADORES GENÉTICOS, al límite transcendental (Véase Límite Formal y Transcendental).
Nadie —sea creyente o no— ni nada salva al ser humano del esfuerzo que debe hacer para responder a la inspiración constitutiva —que se da a todos como el sol y la lluvia— con el fin de hacer ciencia, ARTE, política, sociedad, etc., y así poder transformar la realidad para su bienestar físico, síquico y espiritual .
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