LEYES ONTOLÓGICAS
LEYES ONTOLÓGICAS: Además de principio epistémico y PRINCIPIO ACTUAL, el modelo absoluto es PRINCIPIO CONCREACIONAL (Véase PRINCIPIO ABSOLUTO O METAFÍSICO), porque acompaña al acto creador del sujeto absoluto enriqueciendo el espíritu libremente creado con un PATRIMONIO GENÉTICO constituido de atributos, VIRTUDES y valores, y con las leyes de la inmanencia , transcendencia y perfectibilidad . Nuestro autor afirma que este patrimonio ontológico está dotado de estructuras (sub ratione essendi) y operadores (sub ratione operandi) que, en unos casos, son atributivos (como la verdad, el bien y la belleza); en otros, receptivos (como la CREENCIA, la expectativa y el amor); en otros, legislativos, como las leyes ontológias de la inmanencia, transcendencia y perfectibilidad ; y en otros, transformativos, como son las virtudes cardinales y morales, incluyendo los dones, bienaventuranzas, y, en general, todos los valores. Refiriéndonos a las leyes ontológicas: por la inmanencia, el ser humano es sí mismo; por la ley de la transcendencia, es + que sí mismo; y por la ley de la perfectibilidad, es la forma perfectionis (forma de tender a la perfección) de ser sí mismo y + que sí mismo.
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