PRINCIPIO CONCREACIONAL
PRINCIPIO CONCREACIONAL: La DIVINA PRESENCIA CONSTITUTIVA del ACTO ABSOLUTO es principio concreacional porque acompaña a la creación del espíritu, capacitándolo con las ESTRUCTURAS Y OPERADORES GENÉTICOS que aquel requiere para ser persona.
Las estructuras y operadores son las que constituyen el GENE ONTOLÓGICO O MÍSTICO, que puede denominarse asimismo genoma ontológico o místico (Véase Gene) con tal de guardar siempre la simplicidad frente a la compositividad del soma y complejidad de la sique. Estas estructuras y operadores no son otras que el contrapunto de los atributos divinos en el espíritu creado: verdad, bien, belleza, amor, misericordia, justicia, etc.
Las VIRTUDES de la fe, esperanza y caridad, por ejemplo, son infundidas por el absoluto en el espíritu, comportándose en este como estructuras y operadores, esto es, afectan al estado de ser y forma de ser del espíritu como estructuras, y afectan al acto de ser y a la razón de ser del espíritu como operadores.
Puede decirse que las VIRTUDES son cualidades, hábitos, capacidades, disposiciones, etc., en cuanto que se refieren al estado y forma de ser; asimismo puede decirse que son fuerza, vigor, valor, potestad, actuación, en virtud del acto y razón de ser. De modo análogo, hay que afirmar que los atributos ontológicos y las leyes del espíritu no son solo actos o solo hábitos, sino que se comportan como estructuras y operadores al mismo tiempo.
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