POSIBILIDAD GENÉTICA

De Escuela idente
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POSIBILIDAD GENÉTICA: F. Rielo subraya que hay imposibilitación ad extra de la identidad “de la nada en cuanto nada” porque la CONCEPCIÓN GENÉTICA DEL PRINCIPIO DE RELACIÓN es de, al menos, dos personas divinas que, haciendo imposible ad intra la identidad (Véase SEUDOPRINCIPIO DE IDENTIDAD) absoluta del ser, imposibilitan asimismo ad extra la identidad absoluta del no ser absoluto o nada absoluta.

1.- ¿Por qué la imposibilitación ad extra de la identidad de la nada en cuanto nada es posibilidad genética? – Para nuestro metafísico, la posibilidad genética es la activa y eterna imposibilitación a priori por el sujeto absoluto de la nada absoluta:

a)    Es imposibilitación activa porque no puede existir la pasividad absoluta ni ad intra ni ad extra en virtud de que habríamos incurrido en la PARADOJA DEL DOBLE ABSOLUTO ;

b)    Es imposibilitación eterna porque el ACTO ABSOLUTO del sujeto absoluto es eterno ad intra y ad extra; por tanto, la posibilidad genética no puede ser creada, sino que es la imposibilitación activa y eterna de la nada absoluta por el ACTO ABSOLUTO ad extra.

2.- ¿Por qué la posibilidad genética es “algo” y no “nada”? – Según F. Rielo, la imposibilitación de la nada absoluta posee una manifestación: «algo hay ad extra del sujeto absoluto, antes de la existencia de seres y cosas, que no es el sujeto absoluto y es definido por el proprio sujeto absoluto». Este “algo” —consistente en lo que no es el sujeto absoluto antes de la libre creación de seres y cosas— no puede ser otro absoluto, porque habríamos incurrido en la PARADOJA DEL DOBLE ABSOLUTO; por tanto, no puede poseer los atributos divinos: infinitud, eternidad[1], omnisciencia, omnipotencia, etc. Sin embargo, este “algo”, posibilidad genética establecida por la geneticidad del sujeto absoluto, es “VACÍO DE SER no absoluto” con las características de ser ni absoluto, ni infinito, ni eterno; antes bien, subabsoluto, SUBINFINITO, subeterno:

a)    ‘algo subabsoluto’, se denomina a la concepción genética de lo que no es el sujeto absoluto;

b)    ‘algo SUBINFINITO’, se denomina a la indefinitud barrida por la ACTIO IN DISTANS con límite en el infinitesimal y el transfinitesimal;

c)    ‘algo SUBETERNO’, e denomina a la atemporalidad como trasunto ad extra de la eternidad divina.

3.- ¿Por qué F. Rielo afirma que la posibilidad es genética? – La posibilidad es ‘genética’ porque está estructurada por el ACTO ABSOLUTO del sujeto absoluto, en tal grado que el ACTO ABSOLUTO se manifiesta en el “VACÍO DE SER no absoluto” como ACTIO IN DISTANS que barre ‘activamente’ el VACÍO DE SER matematizándolo, objetivándolo, diseñándolo en todas sus posibilidades y vestigiándolo con la manifestación de sus atributos divinos ad extra.

Esta estructuración genética de la posibilidad ad extra es, finalmente, lo que hace que el sujeto absoluto pueda crear libremente el mundo con sus seres y sus cosas.

4.- ¿Cómo compaginar la posibilidad genética y la libertad divina? – Hay que entender qué es la genética posibilidad y qué es la libertad divina. No habría libertad divina si no hubiera posibilidad de ejercerla. Si no hubiera un ad extra del sujeto absoluto como imposibilitación de la nada absoluta, el ad extra habríase convertido, absurdamente, en un absoluto cerrado, inmanente, identitático; y si el primer absoluto es el ser absoluto, el segundo sería la nada absoluta. Nos encontramos, pues, con la PARADOJA DEL DOBLE ABSOLUTO. La conclusión para nuestro autor es muy precisa:

a)    Antes de la creación de seres y cosas, el ad extra del sujeto absoluto es posibilidad genética de la creación de seres y cosas.

b)    Después de la creación de seres y cosas, el ad extra del sujeto absoluto son los seres y las cosas, y la posibilidad de actuación del sujeto absoluto sobre ellos. De esta manera, el sujeto absoluto crea, con libertad absoluta, ex genetica possibilitate, seres y cosas, y actúa en ellas para conservarlas en su ser, gobernarlas y ejercer su providencia, y esta acción ad extra es también desde la misma genética posibilidad.



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  1. La posibilidad genética es la activa y eterna imposibilitación a priori por el sujeto absoluto de la nada absoluta. Esto no quiere decir que la posibilidad genética, como objetividad ad extra establecida por el eterno ACTO ABSOLUTO, posea el atributo de la eternidad: solo el sujeto absoluto con su ACTO ABSOLUTO es eterno.